Sharenting, la exposición infantil pronto en internet se va a regular

Hemos normalizado compartir la vida en redes sociales. Subir esa cerveza que nos tomamos después del trabajo, el primer día de vacaciones o la lámpara nueva que hemos comprado para el salón. En el caso de influencers y creadores de contenido, parece tener algo más de sentido porque, a fin de cuentas, forma parte de su actividad profesional. El problema es que, si nos paramos a pensarlo, todos tenemos en nuestras redes sociales ejemplos de personas anónimas con las que quizá solo hemos coincidido una vez en nuestra vida y de las que hemos visto partes de su vida que tal vez no nos correspondía conocer. El caso se pone todavía más complejo si hablamos de la sobreexposición infantilaka sharenting, tanto que está próximo a que el Gobierno de España empiece a regularlo. Ya era hora.

No voy a demonizar el modo en el que cada uno queramos usar nuestras redes sociales. Yo también fui parte de eso y reculé, dejándolas ahora únicamente para temas profesionales. Que cada cual las use como más le interese o más le guste. Somos adultos, podemos tener la libertad de hacer lo que queramos, faltaría más. Pero, ¿qué pasa cuando los adultos generamos contenidos de niños? Estamos formando su huella digital y, lamentablemente, es más difícil de eliminarla de lo que crees. Imposible, diría yo.

Pero, ¿qué es el sharenting?

La palabra sharenting viene de la unión entre las palabras share (compartir) y parenting (paternidad). Por tanto, el sharenting es la práctica de los adultos de sobreexponer a sus hijos en internet y en redes sociales. Ojo, porque no solo estamos hablando de subir una foto a Instagram: lo que compartes por WhatsApp también deja su huella digital, porque en el momento en que sale de tu móvil ya no sabes qué uso se le va a dar ni dónde puede llegar a parar. Lo que aparentemente podría parecer una simple foto de un padre orgulloso, encierra detrás mucho más, peligros que las personas que no estamos mentalmente enfermas ni siquiera somos capaces de llegar a imaginar.

Para entender bien este tema, te recomiendo que escuches el capítulo 2×09 del pódcast Influ-realismo mágico, de @Hazmeunafotoasi, en el que participan Sira Rego, ministra de juventud e infancia del Gobierno de España, y Natalia Díaz (@medianoche), activista y divulgadora anti-sharenting

sharenting regulacion

Precisamente en este capítulo se dan claves muy interesantes acerca del sharenting. Natalia Díaz apunta que, según un estudio realizado por EUKids en 2019, «9 de cada 10 familias españolas comparten imágenes y datos privados de sus hijos al menos una vez al mes». Otro estudio de la firma de seguridad informática AVG, «el 81% de los menores de seis meses ya tienen presencia en internet».

Además, según señala Díaz, con la media de fotos que se publican de los niños actualmente, cada menor, antes de cumplir los 10 años, tendría en torno a 10.000 imágenes publicadas en internet.

¿Existe actualmente algún marco legal en relación con esta exposición de menores en España?

La ministra Sira Rego reconoce que actualmente tenemos un «marco legal insuficiente». En este sentido, «toca reforzarlo, modificarlo y hacerlo de tal manera que garantice los derechos de los niños y de las niñas. Tenemos la Ley de Comunicación Audiovisual o la Ley Orgánica de Protección de la Infancia frente a la violencia, que están muy bien y nos dan instrumentos, pero son elementos insuficientes».

Además, y aunque de momento no existe una regulación concreta sobre la exposición de menores en redes sociales, se está trabajando en ello. «Estamos en un momento en el que asumimos que los entornos digitales han llegado para quedarse y que pueden ser una garantía de derechos. Pero también estamos viendo que los entornos digitales sin regular no solamente no garantizan esos derechos, si no que pueden ser un espacio problemático para garantizar los derechos de la infancia».

Por lo tanto, aunque todavía no existe dicha legislación específica, se está trabajando en ello y se espera que pronto haya un marco normativo que cuide de los menores.

¿Tenemos derecho a todo por ser padres o tutores legales de esos niños?

Este artículo de UNICEF me parece de lo más interesante para ver el sharenting desde un punto de vista diferente. «Nuestros hijos son la primera generación que ha crecido con una presencia en línea. Nosotros somos la primera generación de progenitores que crían a sus hijos en la era de las redes sociales, y esa es una tarea difícil […]A veces nos convencemos de que nuestros hijos son parte de nuestra identidad, pero en realidad son personas independientes con sus propios sentimientos. Una cosa es compartir información personal, pero otra muy diferente es publicar información sobre las personas que viven con nosotros».

sharenting

Hay que tener en cuenta, que como padres o tutores legales de los menores somos los adultos quienes tenemos los derechos de imagen de estos menores. En este sentido, es muy interesante ver cómo nuestros vecinos de Francia e Italia están regulando ya este tema del sharenting y precisamente contemplan entre sus puntos más importantes, tal y como apunta Díaz, que «si la publicación afectase la integridad moral del menor, los padres podrían perder los derechos de imagen de sus hijos».

Además, el tema económico también causa controversia. En estos países, los niños influencers deben ser los únicos beneficiarios del dinero generado por esta actividad, al que tendrán acceso al llegar a la mayoría de edad. Hasta ahora, y en países como España, los beneficiarios son los padres o tutores legales. También se habla de que los padres que utilicen a sus hijos para actividades económicas en redes sociales deben comunicarlo a los organismos correspondientes.

De momento, se desconoce cómo va a ser el marco normativo en España o qué camino va a tomar, pero fijarnos en el modelo italiano o francés nos puede dar buenas pistas de hacia dónde podrían ir los tiros.

¿Podrían los hijos de las instamamis denunciar a sus padres?

En España tenemos un pequeño ejemplo, que ya puede servir como antecedente, de una madre que demandó a un abuelo por publicar fotos de su hijo menor de 14 años. Ganó. Aquí puedes ver la resolución de la Agencia Española de Protección de Datos.

Hace unos años, la actriz Gwyneth Paltrow publicó una foto con su hija, en la que no se le ve la cara completa, pero ella comentó en el perfil de su madre: «Mamá, ya lo hemos hablado, no puedes publicar nada sin mi consentimiento».

Algo que se queda en una «anécdota», pero que podría derivar en algo mucho peor. De hecho, los mayores ejemplos de la problemática del sharenting cuando esos niños crecen ya lo estamos viendo en otros países, cuyos hijos han demandado a sus propios padres por la sobreexposición que han sufrido siendo menores. Ya hay varios casos en Estados Unidos.

¿Qué va a pasar en España? El tiempo dirá. El hecho de que desde el Ministerio de Juventud e Infancia ya hayan confirmado que están trabajando en traernos un marco normativo adaptado al problema del sharenting ya es una noticia estupenda. No pongo en duda que los instapapis y las instamamis, así como las personas anónimas que suben fotos e información de sus hijos, lo hacen con la mejor de las intenciones, pero a veces los casos son algo extremos y es necesario un cierto control.

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