Si tienes criptomonedas o estás pensando en invertir en ellas, esto te interesa. A partir del 1 de enero de 2023, se vienen cambios legales para aquellas personas que posean criptomonedas. Sea cual sea la comunidad con la que trabajes (por ejemplo, BitIQ), tienes que tener en cuenta estas modificaciones que propone Hacienda. Vamos a conocerlas, porque no será algo que aplique a todos. ¿Cómo puedes eludir esta responsabilidad fiscal de declarar criptomonedas? Te lo contamos.
Hacienda nos exige que declaremos nuestra actividad con criptomonedas
Falta apenas una semana para que termine la campaña de la Declaración de la Renta 2021 (la que se presenta en 2022) y ya tenemos noticias sobre las obligaciones tributarias del próximo año. Y es que, según el nuevo borrador del Gobierno que se está estudiando ya, hay cambio para las personas que dispongan de criptomonedas en su criptocartera.
La razón de estos cambios llega tras la desaparición del Modelo 720, que versaba precisamente en torno a este mundillo. Pero su eliminación no hace que quedemos exentos de las obligaciones tributarias que se generan al ganar o invertir dinero con estas monedas. Al parecer, se va a evolucionar hacia el modelo 721, que exigirá que el inversor informe sobre la cantidad de criptomonedas y su valor. Estos datos no solo afectan a las ganancias tras su venta, también habrá que informar de los saldos existentes.
Este saldo se informará con los datos que se obtengan de la cotización media a fecha de 31 de diciembre de 2022, independientemente de la plataforma con la que se esté trabajando. Como curiosidad, están obligados a declarar esto tanto particulares como empresas.
La obligación de declarar criptomonedas… ¿para todos? Los menos pudientes se podrán saltar este paso
Las obligaciones fiscales respecto a declarar criptomonedas incluirá la responsabilidad de informar de un modo bastante concreto sobre las operaciones y movimientos realizados a lo largo del año, el saldo, las direcciones públicas de origen y destino, tanto en territorio nacional como en el extranjero, así como el tipo de criptomoneda adquirida y las comisiones. Un informe más que completo en el que no te dejarás ni una coma. Hacienda quiere saberlo todo.
Si te resulta una incomodidad rellenar este modelo, tienes dos opciones. La primera es dejarlo en manos de un gestor siempre es la mejor solución para evitar cometer errores o perder tiempo rellenando un modelo que no entiendes bien si tienes conocimientos limitados en temas de economía. La segunda opción es no presentarlo. ¿Puedes hacerlo? Sí, hay una excepción. En el borrador presentado se avisa de que no habrá obligación de presentar los movimientos de ninguna moneda virtual en los casos en los que el saldo a 31 de diciembre no supere los 50.000 euros de forma conjunta. Es decir, si tienes varias criptomonedas diferentes, todas ellas se suman entre sí. Si el saldo es superior a 50.000 euros, habrá que presentar este Modelo 721.
Recuerda que esta medida se encuentra todavía en borrador, por lo que habrá que esperar a la rúbrica definitiva para ver cuáles son las medidas definitivas.